EL COVID-19
Y LOS DATOS PERSONALES, ¿QUÉ RELACIÓN TIENEN?
Ante la pandemia del COVID-19, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ha emitido las siguientes recomendaciones para el tratamiento de los datos personales:

A los responsables del sector púbico y privado:
- El tratamiento de los datos personales que incluyen datos de salud, deben ser necesarias y proporcionales, atendiendo la orientación y/o instrucciones de la Secretaría de Salud y autoridades competentes.
- Proteger la confidencialidad sobre cualquier dato personal o personal sensible relacionado con cualquier caso de COVID-19.
- La identidad de las personas afectadas de COVID-19 no debe divulgarse. La transferencia de datos personales a las autoridades de salud, deberá ser documentada claramente, fundamentada y realizarse considerando medidas de seguridad que garanticen la protección de datos personales.
- Se deben recabar solamente los datos personales mínimos necesarios para implementar medidas para prevenir o contener la propagación de COVID-19.
- Toda conversación que se realice en la organización sobre la presencia del COVID-19 en el lugar de trabajo, no debe identificar a ningún colaborador de forma individual.
- Deben definir los plazos de conservación de los datos personales relacionados con casos de COVID-19, así como los mecanismos para eliminarlos de forma segura, tomando en consideración la normatividad sectorial en la materia.
- Los datos personales recopilados con el fin de prevenir no deben utilizarse para propósitos distintos.
- El titular debe conocer las finalidades para las cuáles serán recabados y tratados sus datos personales. Previo al tratamiento, el responsable deberá poner a disposición del titular el aviso de privacidad correspondiente.
- Los datos personales recopilados con el fin de prevenir no deben utilizarse para propósitos distintos.